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Ganancias: devolución en cuotas

Ganancias: devolución en cuotas

A través de la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución 2.437, el Gobierno dispuso que, las modificaciones en las deducciones se harán efectivas a partir de mayo para las personas que en 2013 percibieron haberes brutos de entre 15.000 y 25.000 pesos y que el reintegro de las sumas retenidas por Ganancias en lo que va de este año se realizarán en hasta cinco cuotas.

Si el contribuyente no tenía trabajo en agosto de 2013, se considerarán los sueldos cobrados en enero de 2015 con iguales montos de referencia; es decir dentro del rango de 15.000 y 25.000 pesos.
Según los primeros cálculos de los tributaristas, un trabajador casado con dos hijos que percibía un sueldo bruto de 20.000 pesos y actualmente tributa 1.280, pasará a pagar 397 al mes por Ganancias.

Del mismo modo, un soltero con un sueldo bruto de 20.000, y que paga 2.000 tendrá una reducción de 30% y va a pagar 1.400 pesos, según las estimaciones.

Como la medida es retroactiva al 1° de enero de 2015, si hay devoluciones estas se harán en cinco cuotas fijas entre junio y octubre próximo.

Los niveles de reducción varían, primero, si es en zona desfavorable, tomando como referencia a la Patagonia, y el resto del país, y por escala de ingresos que van desde 15.000 a 18.000 pesos; desde 18.001 a 21.000; desde 21.001 a 22.000; desde 22.001 a 23.000; desde 23.001 a 24.000; y desde 24.001 a 25.000 pesos.

El lunes, cuando anunció esta medida, y ante la protesta de la aplicación de este impuesto por gremios como los metalúrgicos, bancarios, y camioneros, entre otros, el ministro de Economía, Axel Kicillof, remarcó que “sólo el 10% de los trabajadores paga el impuesto a las Ganancias”.

El funcionario aseguró que “está instalado que el impuesto a las Ganancias afecta a todos los trabajadores. Es mentira, solamente paga el 10% que más gana, no es un tema de la clase trabajadora en general”.

Aseguró que “si uno habla con cualquier persona que se fue a vivir al exterior todos te dicen que de cada peso que ganás, más o menos la mitad del sueldo va para el Estado”.

“Hay mucha campaña mediática de medios opositores que intentan instalar que el gobierno le roba el salario a los trabajadores, pero el impuesto no es el más alto del mundo ni de la región: en la Argentina es el 6% de la recaudación, en Chile el 8,6% y en Brasil el 7,2%”, precisó.

Los cambios introducidos en Ganancias implican una mejora en los ingresos de los asalariados de entre 5 y 6%, según precisó días atrás el ministro Kicillof.

“Es política permanente del Poder Ejecutivo Nacional instrumentar las medidas que resulten conducentes al fortalecimiento del poder adquisitivo de los trabajadores y con ello la consolidación del mercado interno nacional”, sostiene la Resolución 3770 publicada en el Boletín Oficial.

Los beneficiarios se determinarán “en base a la mayor de las remuneraciones y/o haberes mensuales devengadas en el período enero a agosto de 2013”, aún cuando hubiere mediado un cambio de empleador, y alcanzará exclusivamente a aquellos que en ese período hayan cobrado entre 15.000 y 25.000 pesos.

Cuando el inicio de la relación de dependencia o la condición jubilatoria se haya registrado a partir del mes de septiembre de 2013, se tomará como base la mayor remuneración o haber percibido a partir del 1° de enero de este año, y en el supuesto de que no se trate de un mes completo, deberá mensualizarse el importe percibido.

Según la resolución de la AFIP, esa franja de trabajadores o jubilados alcanzados por el impuesto a las Ganancias de la cuarta categoría “no será pasible de retención” si el importe de la mayor remuneración y/o haber no supera los 15.000 pesos.

Sostiene además, que en caso de que el monto percibido se ubicara entre los 15.000 y los 25.000 pesos, se aplicará un aumento de 20% de las deducciones establecidas, según una escala que fija los montos correspondientes. Las deducciones previstas son las que corresponden a las ganancias no imponibles y a las cargas de familia (cónyuge, hijos y otras).

Del mismo modo, se modifican los valores de las deducciones especiales (por desempeño de cargos públicos y percepción de gastos protocolares; trabajo personal ejecutado en relación de dependencia; y jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie, originados en el trabajo personal y de los consejeros de las sociedades cooperativas).

Fuente: Telam

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