LA LEGISLATURA MENDOCINA APROBÓ DOS INICIATIVAS DE NUESTRO COMPAÑERO MARCELO APARICIO - SATSAID
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LA LEGISLATURA MENDOCINA APROBÓ DOS INICIATIVAS DE NUESTRO COMPAÑERO MARCELO APARICIO

LA LEGISLATURA MENDOCINA APROBÓ DOS INICIATIVAS DE NUESTRO COMPAÑERO MARCELO APARICIO

La Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza aprobó dos proyectos del compañero Marcelo Aparicio, que además de su labor como legislador se desempeña como Secretario de Organización del Consejo Directivo Nacional del SATSAID y Secretario General de la Seccional Mendoza. Por un lado, se declararon de interés provincial los contenidos educativos del Canal Acequia y por otro, se dio media sanción a una reforma al Código Procesal Laboral que amplía la protección de los trabajadores.

El primero de los proyectos mencionados declara de interés la realización de contenidos educativos producidos y ejecutados por los trabajadores y trabajadoras de televisión del Canal Acequia, en el marco de la pandemia de CoVid-19. Al respecto, el compañero Aparicio señaló que “es muy importante destacar este trabajo cuando los medios de comunicación se ponen al servicio de nuestro pueblo y en este caso, para aportar a la educación”. Asimismo, expresó que junto con esta declaración quiere “homenajear a las compañeras y compañeros de canal Acequia, que día a día llevan adelante esta tarea”.

La reforma al Código Procesal Laboral de Mendoza establece que los jueces deben atender y declarar en los fallos laborales cuando una norma se contradice con un convenio internacional o con la Constitución. En la actualidad, el Código no indica expresamente este deber de los jueces, a diferencia del Código Procesal Civil donde sí existe y la mayoría de los jueces basan sus sentencias en normas superiores. Fue en ese contexto y buscando ampliar la protección de los derechos humanos de los trabajadores, que el diputado del Frente de Todos presentó el proyecto de ley para reformar el artículo 70 del Código Procesal Laboral vigente en la provincia, que obtuvo media sanción en la sesión virtual de ayer de la Cámara de Diputados.

Este proyecto incorpora la obligación de los jueces en materia laboral de dictar fallos atendiendo a la supremacía de la Constitución Nacional y Provincial, de los Convenios Internacionales de Derechos Humanos y otros a los que el país adhiera. También el deber de los jueces de realizar un control de convencionalidad y constitucionalidad, a la hora de dictar sus fallos sin necesidad de que las partes se lo requieran.

La iniciativa fue presentada en la legislatura en 2019 y elaborada con la participación de la ahora diputada nacional Dra. Marisa Uceda y del Observatorio del Trabajo, un centro de estudios integrado por abogados laboralistas, profesionales especializados en trabajo y sindicatos pertenecientes a la Corriente Federal de Trabajadores de Mendoza. Consultado sobre el mismo, el diputado Aparicio sostuvo: “presentamos este proyecto porque queremos corregir una clara desigualdad ante la ley que existe entre el reclamo de un trabajador derivado de sus relaciones laborales, y el reclamo de una persona por las consecuencias derivadas de su accionar en la vida civil. Con el Código Procesal Laboral tal como lo tenemos, una persona que sufre un accidente yendo a una fiesta -a quien le corresponde reclamar en un proceso civil- tiene mayores posibilidades de que se le reconozcan los derechos derivados de las normas superiores, frente a una que lo sufre yendo a trabajar y debe reclamar dentro de un proceso laboral”.

El proyecto atiende también una demanda de los abogados laboralistas sobre el tema, quienes indican que en algunas sentencias del fuero, a diferencia de muchas del fuero civil, no se contemplan los Tratados de Derechos Humanos. Algunas veces ni siquiera se aplican los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo, situación que no sólo va en detrimento de los derechos de los trabajadores y trabajadoras, sino también de una práctica más acabada del derecho laboral por parte de los profesionales. Son muchos los planteos de inconstitucionalidad que no encuentran ningún tipo de respuesta en los procesos. En ese sentido, el legislador señaló: “a la situación de desigualdad planteada, se suman reclamos de profesionales del derecho laboral quienes permanentemente hacen planteos de inconstitucionalidad de distintos aspectos de la Ley de Riesgos de Trabajo en los juicios por accidentes y enfermedades profesionales, y que no encuentran ningún tipo de respuestas favorables. Un ejemplo de esto son los artículos que de manera retroactiva ordenaron actualizar las indemnizaciones de trabajadores en base a índices que no contemplan la desvalorización por inflación. Esperamos colaborar a que esto se revierta con la modificación que proponemos, ante la obligación expresa que tendrán los jueces de revisar constitucionalidad y convencionalidad de los fallos laborales sin necesidad que las partes lo soliciten”.

Fuente: SATSAID Seccional Mendoza

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Redacción
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