Ley de Medios: apelación de la AFSCA – SATSAID
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Ley de Medios: apelación de la AFSCA

Ley de Medios: apelación de la AFSCA

La Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual presentó hoy el recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación contra el último fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal sobre la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Así lo confirmó un comunicado divulgado hoy por la AFSCA, en el que también se informó que la Jefatura de Gabinete realizó esta mañana una presentación similar ante el máximo tribunal.

“Ambos pedidos solicitan la apelación al fallo de la Cámara Civil y Comercial, que el pasado 17 de abril declaró la inconstitucionalidad de una parte del artículo 45 y del segundo párrafo del artículo 48 de la Ley de medios”, señaló la autoridad de aplicación de la ley de Medios en el texto de su comunicado.

El escrito presentado ante la Corte sostiene también que la Cámara ha incurrido en “apreciaciones ideológicas parcialmente destinadas a satisfacer los intereses del actor (Clarín)”.

Además, la AFSCA cuestionó que los jueces de la Cámara se hayan excedido en su función judicial y hayan volcado “manifestaciones ideológicas” en cuanto a la conveniencia o no de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Según se consideró en la presentación ante la Corte, con esta actitud los jueces “invadieron el ámbito del Poder Legislativo que es quien está legitimado para evaluar la conveniencia, mérito y oportunidad de las normas, debiendo limitarse la justicia a verificar si vulnera la Constitución”.

Por otra parte, en el escrito se destacó que “la Cámara sólo declaró inconstitucional las partes del artículo 45 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual que, puntualmente, perjudicaban al Grupo Clarín, avalando la constitucionalidad de las que no lo involucraban directamente”.

También, se cuestionó la lectura “economicista” que hicieron los jueces sobre la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual al darle “primacía a las potenciales (no probadas) afectaciones económicas del Grupo Clarín como consecuencia de su readecuación (…) por sobre el resguardo del colectivo social que esa norma procura al promover la competencia”.

FUENTE: Télam

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Redacción
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