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Ley de Medios: Clarín apelo el fallo

Ley de Medios: Clarín apelo el fallo

Objetó aspectos sobre transferencia y multiplicidad de licencias, y adecuación de sus titulares, establecidos por los artículos 41, 45 y 161.

El Grupo Clarín apeló ayer el fallo de la Cámara en lo Civil y Comercial Federal que el 17 de abril pasado consintió la mayoría de sus planteos contra la Ley de Medios Audiovisuales.

Fuentes cercanas a la empresa periodística confirmaron a Tiempo Argentino que el escrito de apelación apuntó a sólo tres puntos del fallo, vinculados con los artículos 41, 45 y 161 de la norma cuya aplicación todavía está frenada en la justicia.

El artículo 41 es el de la “transferencia de las licencias” y fue avalado por el fallo en cuanto a que “las autorizaciones y licencias de servicios de comunicación audiovisual son intransferibles”, establece excepciones muy delimitadas a esa situación.

Además la supedita “a la previa comprobación por la autoridad de aplicación que deberá expedirse por resolución fundada sobre la autorización o rechazo de la transferencia solicitada teniendo en cuenta el cumplimiento de los requisitos solicitados para su adjudicación y el mantenimiento de las condiciones que motivaron la adjudicación”.

El 161, en tanto, cuyo planteo de inconstitucionalidad por parte de Clarín también fue rechazado por la Cámara, establece bajo la figura de la “adecuación” que “los titulares de licencias de los servicios y registros regulados por esta ley, que a la fecha de su sanción no reúnan o no cumplan los requisitos previstos por la misma, o las personas jurídicas que al momento de entrada en vigencia de esta ley fueran titulares de una cantidad mayor de licencias, o con una composición societaria diferente a la permitida, deberán ajustarse a las disposiciones de la presente en un plazo no mayor a un año desde que la autoridad de aplicación establezca los mecanismos de transición”.

Es lo que comúnmente se denomina “cláusula de desinversión”, y en el caso de la apelación del grupo empresario es considerada una suerte de “cláusula gatillo”, pues va atada al resto del fallo y, tal como fue firmado por los jueces Francisco De las Carreras, Ricardo Guarinoni y Susana Najurieta, no tiene efectos concretos. En otras palabras, el fallo avala la desinversión, pero sostiene que el Grupo Clarín no tiene nada que desinvertir.

Respecto del artículo 45, el escrito de apelación, firmado por el abogado Damián Cassino, objeta la validez que el fallo le asignó a dos incisos referidos a la “multiplicidad de licencias”. El artículo en sí apunta a que “a fin de garantizar los principios de diversidad, pluralidad y respeto por lo local se establecen limitaciones a la concentración de licencias”.

La apelación que presentó el Grupo Clarín en la víspera es el paso previo a que el expediente quede radicado finalmente ante la Corte Suprema de Justicia.

También el Estado Nacional apelará las partes del fallo que le “causan agravio” y que, en términos reales, convierten a la norma, en buena medida, en letra muerta.

El escrito de Clarín tiene unas 40 páginas. Una acordada de la Corte Suprema del año 2007 establece que esa es la extensión máxima que puede tener un recurso extraordinario. Son incontables los casos en que las apelaciones superaron ese límite y fueron desestimadas sin siquiera someterlas a tratamiento porque eran más largas que lo permitido..

Semanas atrás, el juez Eugenio Zaffaroni sostuvo que el fallo de la Corte Suprema debería producirse antes de las elecciones.

Fuente: Tiempo Argentino

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Redacción
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