{"id":12901,"date":"2012-05-22T00:00:00","date_gmt":"2012-05-22T03:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/satsaid.com.ar\/noticias\/ley-de-trazabilidad\/"},"modified":"2022-10-21T19:34:28","modified_gmt":"2022-10-21T22:34:28","slug":"ley-de-trazabilidad","status":"publish","type":"noticias","link":"https:\/\/satsaid.com.ar\/noticias\/ley-de-trazabilidad\/","title":{"rendered":"Ley de Trazabilidad"},"content":{"rendered":"

TV Salud dispone cambios en la entrega de medicamentos a partir de junio para adecuarse a la mencionada ley.<\/strong> <\/p>\n

De acuerdo a la ley de trazabilidad promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional y de acuerdo a la disposici\u00f3n 3683\/11 la Administraci\u00f3n Nacional de Medicamentos (ANMAT) dispone que el Sistema de Trazabilidad de Medicamentos deber\u00e1 ser implementado por las personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas que intervengan en la cadena de comercializaci\u00f3n, distribuci\u00f3n y dispensaci\u00f3n de especialidades medicinales incluidas en el Registro de Especialidades Medicinales (REM).<\/p>\n

La implementaci\u00f3n de un nuevo sistema de trazabilidad de medicamentos de uso humano apunta a darle transparencia al sistema, con un seguimiento para evitar la falsificaci\u00f3n, adulteraci\u00f3n y el robo de medicamentos.<\/p>\n

Se implementa una primera etapa a todas aquellas especialidades medicinales ya registradas y las que en el futuro se registren; que contengan en su composici\u00f3n ingredientes farmac\u00e9uticos activos (IFA). Dicho registro, en esta primera etapa, abarca algunos principios activos enumerados en el anexo I de la disposici\u00f3n 3683\/11. <\/p>\n

La implementaci\u00f3n de este sistema de trazabilidad se deber\u00e1 implementar en su totalidad antes del 15 de junio de este a\u00f1o.<\/p>\n

\u00b7 Cambios para nuestros afiliados<\/strong><\/p>\n

En el marco de la sancionada Ley de Trazabilidad de Medicamentos, TV Salud (Obra Social de Televisi\u00f3n) ha adoptado a partir del 1 de junio que la dispensa de medicamentos especiales y anticonceptivos orales se realizara a trav\u00e9s de farmacias habilitadas para tal fin.<\/p>\n

Desde ese d\u00eda, en el caso de los afiliados de la Ciudad de Buenos Aires, para tramitar la medicaci\u00f3n solicitada, el afiliado deber\u00e1 concurrir a la oficina de la Secretar\u00eda de Acci\u00f3n Social o a las delegaciones correspondientes, donde se le informar\u00e1 la farmacia que har\u00e1 entrega del pedido, a la que deber\u00e1 asistir con el carnet de TV Salud y el DNI.<\/p>\n

En el caso de los afiliados del interior del pa\u00eds, deber\u00e1n comunicarse con la seccional correspondiente a los efectos de aclarar todos los aspectos modificatorios en la entrega de medicamentos de car\u00e1cter obligatorio.<\/p>\n

\u00b7 Anticonceptivos orales<\/strong><\/p>\n

El cumplimiento de la Ley en cuesti\u00f3n modificar\u00e1 algunos aspectos de la implementaci\u00f3n de la Ley de Salud Sexual y Reproductiva, por lo cual las beneficiarias \u201cdeber\u00e1n reempadronarse.\u201d
\nS\u00f3lo se dispensar\u00e1n las drogas y asociaciones gen\u00e9ricos hormonales con su nombre de fantas\u00eda o comercial previstos en la resoluci\u00f3n 310\/04. Todo lo exceptuado de esta norma no ser\u00e1 entregado por este mecanismo.<\/p>\n

En el caso de los afiliados a la seccional Capital, y que la beneficiaria desee continuar con los anticonceptivos recetados por su m\u00e9dico y no cambiar a las especialidades comprendidas en la resoluci\u00f3n, podr\u00e1 adquirirlas con el descuento previsto para medicamentos ambulatorios seg\u00fan el Plan al que pertenezca, con la receta correspondiente, en cualquier farmacia de la red habilitada.<\/p>\n

\u00b7 Medicamentos especiales<\/strong><\/p>\n

Los medicamentos para patolog\u00edas especiales, en general son de alto costo y baja incidencia y se brindan al 100%. Los afiliados deber\u00e1n empadronarse para actualizar sus datos y la \u00fanica modificaci\u00f3n seg\u00fan la resoluci\u00f3n, es la dispensa en farmacias designadas.<\/p>\n

En lo que ata\u00f1e a pacientes cr\u00f3nicos, si bien la normativa vigente establece que el beneficio debe ser del 70% del precio de referencia de la medicaci\u00f3n en cuesti\u00f3n, TV Salud continuar\u00e1 brindando la cobertura del 100% en todo el interior del pa\u00eds.<\/p>\n

Si bien los ajustes de log\u00edstica vinculados a la puesta en marcha de la Ley de Trazabilidad pueden provocar ciertas incomodidades iniciales, redundar\u00e1 en un claro beneficio en tanto y en cuanto garantiza una cadena de responsables, adem\u00e1s de certificar y avalar la calidad del medicamento recibido.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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