{"id":13940,"date":"2013-07-10T00:00:00","date_gmt":"2013-07-10T03:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/satsaid.com.ar\/noticias\/la-afsca-contra-ley-de-medios-de-macri\/"},"modified":"2022-10-21T19:37:34","modified_gmt":"2022-10-21T22:37:34","slug":"la-afsca-contra-ley-de-medios-de-macri","status":"publish","type":"noticias","link":"https:\/\/satsaid.com.ar\/noticias\/la-afsca-contra-ley-de-medios-de-macri\/","title":{"rendered":"La AFSCA contra Ley de Medios de Macri"},"content":{"rendered":"

La Administraci\u00f3n Federal de Servicios de Comnicaci\u00f3n Audiovisuales (AFSCA) solicit\u00f3 a la Justicia que se declaren inconstitucionales 19 art\u00edculos de la ley aprobada por la Legislatura porte\u00f1a. “Violentan claramente el r\u00e9gimen federal de los servicios de comunicaci\u00f3n audiovisual e invaden competencias exclusivas del Estado Nacional y de la Afsca”, dice la presentaci\u00f3n. La norma fue votada el 30 de mayo pasado en reemplazo del DNU emitido por el jefe de Gobierno Mauricio Macri para “proteger la libertad de prensa”. <\/p>\n

El organismo que encabeza Mart\u00edn Sabbatella requiri\u00f3 que se declare la inconstitucionalidad de 19 art\u00edculos de la ley 4.565 de la Ciudad de Buenos Aires y la inmediata suspensi\u00f3n de los efectos de los mismos a trav\u00e9s del dictado de una medida cautelar. El pedido se fund\u00f3 en el art\u00edculo 31 de Supremac\u00eda Constitucional de la Carta Magna, que establece que \u201cesta Constituci\u00f3n, las leyes de la Naci\u00f3n que en su consecuencia se dicten por el Congreso y los tratados con las potencias extranjeras son la ley suprema de la Naci\u00f3n; y las autoridades de cada provincia est\u00e1n obligadas a conformarse a ella\u201d. <\/p>\n

El organismo se\u00f1al\u00f3 que la norma porte\u00f1a solo busca impedir la aplicaci\u00f3n ley de Servicios de Comunicaci\u00f3n Audiovisual aprobada por el Congreso Nacional en 2009, que estuvo frenada por medidas cautelares a favor del Grupo Clar\u00edn. En esa causa la Corte Suprema espera el dictamen de la Procuradora General de la Naci\u00f3n para emitir su fallo definitivo sobre la constitucionalidad de las cl\u00e1usulas antimonop\u00f3licas de la norma. <\/p>\n

\u201cLas declaraciones efectuadas por la Legislatura local en torno a la libertad de expresi\u00f3n vienen a intentar encubrir el fin real perseguido por la ley: obstaculizar la aplicaci\u00f3n de la Ley N\u00ba 26.522\u201d, expres\u00f3 la Afsca en su presentaci\u00f3n. <\/p>\n

El texto presentado ante la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal agrega que \u201clas libertades de imprenta, prensa y expresi\u00f3n est\u00e1n cabalmente tuteladas por la Constituci\u00f3n Nacional, los Tratados Internacionales incorporados a ella\u201d y particularmente por el texto de la Ley 26.522 de Servicios de Comunicaci\u00f3n Audiovisual (LSCA). <\/p>\n

El organismo federal sostiene que la norma porte\u00f1a derogar\u00eda impl\u00edcitamente la LSCA cuando dispone, en su art\u00edculo 17, que los licenciatarios domiciliados en la Ciudad queden exceptuados del cumplimiento de aquellas normas de defensa de la competencia \u201cdictadas exclusivamente para medios de comunicaci\u00f3n\u201d. <\/p>\n

Adem\u00e1s, la Afsca record\u00f3 que existen antecedentes en los que la propia Corte Suprema expres\u00f3 que \u201clas cuestiones de comunicaci\u00f3n, son federales y que ninguna norma local puede regularlas\u201d. Uno de ellos fue en 2009, cuando tras la aprobaci\u00f3n de la Ley de Medios en el Congreso la provincia de San Luis intent\u00f3 legislar en materia de comunicaci\u00f3n audiovisual y la Corte declar\u00f3 que eso era inconstitucional.<\/p>\n

Fondo para medios sin fines de lucro
\n<\/strong>Sobre un fondo total de 3 millones de pesos, los proyectos elegidos acceder\u00e1n a subsidios de hasta 100 mil y 200 mil pesos, para financiar equipamiento e infraestructura t\u00e9cnica, entre otras necesidades. <\/p>\n

Los fondos concursables estar\u00e1n destinados, en esta primera etapa, a radios FM sin fines de lucro y de pueblos originarios que cuenten con licencia, autorizaci\u00f3n o reconocimiento del Afsca. <\/p>\n

El Fomeca se crea en cumplimiento de lo establecido por la Ley de Servicios de Comunicaci\u00f3n Audiovisuales, con el objetivo de apoyar la diversidad de la expresi\u00f3n de la cultura popular, la identidad y los valores de los pueblos originarios, mediante la creaci\u00f3n de contenidos de calidad. <\/p>\n

La presentaci\u00f3n de proyectos podr\u00e1 realizarse desde el 12 de este mes hasta el 16 de agosto pr\u00f3ximo y, seg\u00fan el reglamento aprobado en la reuni\u00f3n de directorio de Afsca, los ganadores ser\u00e1n elegidos por un Comit\u00e9 Evaluador. <\/p>\n

Este grupo estar\u00e1 compuesto por cinco miembros, de los cuales dos ser\u00e1n sugeridos por el Consejo Federal de Servicios de Comunicaci\u00f3n Audiovisual. <\/p>\n

Los interesados podr\u00e1n acceder a las bases y condiciones, y al formulario \u00fanico de inscripci\u00f3n en la p\u00e1gina de internet del Afsca: afsca.gov.ar. <\/p>\n

Fuente: P\u00e1gina 12\/Telam<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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