{"id":15136,"date":"2014-12-23T00:00:00","date_gmt":"2014-12-23T03:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/satsaid.com.ar\/noticias\/uruguay-ya-tiene-su-ley-de-medios\/"},"modified":"2022-10-21T19:42:18","modified_gmt":"2022-10-21T22:42:18","slug":"uruguay-ya-tiene-su-ley-de-medios","status":"publish","type":"noticias","link":"https:\/\/satsaid.com.ar\/noticias\/uruguay-ya-tiene-su-ley-de-medios\/","title":{"rendered":"Uruguay ya tiene su Ley de Medios"},"content":{"rendered":"

El gobernante Frente Amplio de Uruguay impuso ayer su mayor\u00eda en la C\u00e1mara de Diputados y, en una fuerte muestra de identidad y cohesi\u00f3n interna, convirti\u00f3 en ley el proyecto de Servicios de Comunicaci\u00f3n Audiovisual, un instrumento con el que pretende “establecer la regulaci\u00f3n de la prestaci\u00f3n de servicios de radio, televisi\u00f3n y otros incluidos dentro de la llamada comunicaci\u00f3n audiovisual”, con criterios de “pluralismo, diversidad e inter\u00e9s p\u00fablico”, junto con la “no discriminaci\u00f3n”.<\/p>\n

La ley fue aprobada con el voto de 50 de los 75 diputados presentes. Ahora, el ejecutivo cuenta con 120 d\u00edas para reglamentarla. El texto hab\u00eda recibido media sanci\u00f3n de la C\u00e1mara Baja a fines de 2013, pero la semana pasada el Senado le introdujo algunas reformas que obligaron a que volviera a la c\u00e1mara de origen. La iniciativa, que fue elogiada entre otros por el ex relator de Naciones Unidas para la Libertad de Expresi\u00f3n, Frank La Rue, entiende “por servicio de comunicaci\u00f3n audiovisual a aquel que proporciona una oferta estable y permanente de se\u00f1ales de radio o televisi\u00f3n”.<\/p>\n

De acuerdo con lo establecido por el art\u00edculo 4 de la ley, quedan sujetos a sus disposiciones “los titulares de servicios de comunicaci\u00f3n audiovisual establecidos en Uruguay; los titulares de se\u00f1ales de radio o televisi\u00f3n que se encuentren transitoriamente establecidos en Uruguay o cuyas se\u00f1ales o servicios sean difundidos por los servicios incluidos en los literales del mismo art\u00edculo y los titulares de servicios de comunicaci\u00f3n audiovisual no establecidos en Uruguay que comercialicen sus servicios de manera parcial o total en el territorio nacional”.<\/p>\n

Con la norma, el Estado apunta a “garantizar el acceso universal, as\u00ed como el uso de los servicios de radiodifusi\u00f3n abierta y gratuita de radio y televisi\u00f3n como parte de una estrategia integral para lograr el objetivo de asegurar la inclusi\u00f3n social de toda la poblaci\u00f3n y el ejercicio de derechos fundamentales reconocidos en la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica”.<\/p>\n

Adem\u00e1s, declara de inter\u00e9s p\u00fablico a los servicios de comunicaci\u00f3n que “constituyen uno de los principales medios de informaci\u00f3n social, permiten el ejercicio del derecho a comunicar y a recibir informaci\u00f3n para el ejercicio pleno de la libertad de expresi\u00f3n de la ciudadan\u00eda, la difusi\u00f3n de valores como la identidad y la diversidad cultural y el apoyo a la educaci\u00f3n, componiendo un sistema esencial para promover la convivencia, la integraci\u00f3n social, la igualdad, el pluralismo y los valores democr\u00e1ticos”.<\/p>\n

La ley destaca que “la potestad del Estado de regular los servicios de comunicaci\u00f3n audiovisual debe entenderse en el marco de su obligaci\u00f3n de garantizar, proteger y promover el derecho a la libertad de expresi\u00f3n en condiciones de igualdad y sin discriminaci\u00f3n, as\u00ed como el derecho de la sociedad a conocer todo tipo de informaciones e ideas”. Luego asegura que “el ejercicio de las facultades del Estado frente a los medios de comunicaci\u00f3n debe hacer posible el m\u00e1s amplio, libre e independiente ejercicio de la libertad de expresi\u00f3n y nunca ser\u00e1 utilizado como una forma de censura indirecta”.<\/p>\n

Entre otros puntos, el texto aprobado se refiere a la titularidad de los medios y busca evitar los monopolios y oligopolios; propone que los propietarios de medios paguen un canon por el uso del espectro; establece multas de distinta entidad por infracciones; impulsa la producci\u00f3n nacional y limita la emisi\u00f3n de im\u00e1genes violentas. La norma, adem\u00e1s, limita la publicidad a un m\u00e1ximo de 15 minutos por hora y establece un nuevo horario de protecci\u00f3n al menor, entre otros aspectos que quedar\u00e1n fijados luego de la reglamentaci\u00f3n de la misma.<\/p>\n

El presidente Jos\u00e9 Mujica se hab\u00eda expresado a favor de la ley durante una entrevista radial emitida justo cuando la norma entraba a consideraci\u00f3n del Senado. Entonces expres\u00f3 que “la peor amenaza es que todav\u00eda venga alguno desde afuera y se termine apropiando de estos medios. M\u00e1s clarito: yo no quiero que Clar\u00edn (grupo medi\u00e1tico argentino), O Globo (grupo brasile\u00f1o) o (Carlos) Slim (empresario mexicano) se hagan due\u00f1os de las comunicaciones en Uruguay\u201d. <\/p>\n

Fuente: Tiempo Argentino<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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