{"id":53942,"date":"2025-02-17T23:30:00","date_gmt":"2025-02-18T02:30:00","guid":{"rendered":"https:\/\/satsaid.com.ar\/?post_type=noticias&p=53942"},"modified":"2025-02-18T21:59:02","modified_gmt":"2025-02-19T00:59:02","slug":"el-satsaid-alcanzo-un-principio-de-entendimiento-con-atvc-para-los-meses-enero-y-febrero","status":"publish","type":"noticias","link":"https:\/\/satsaid.com.ar\/noticias\/el-satsaid-alcanzo-un-principio-de-entendimiento-con-atvc-para-los-meses-enero-y-febrero\/","title":{"rendered":"EL SATSAID ALCANZ\u00d3 UN PRINCIPIO DE ENTENDIMIENTO CON ATVC PARA ENERO Y FEBRERO\u00a0"},"content":{"rendered":"\n
La propuesta se pondr\u00e1 a consideraci\u00f3n de las y los trabajadores del sector.<\/em> <\/p>\n\n\n\n Los representantes del SATSAID<\/strong> y de la Asociaci\u00f3n TIC, Video & Conectividad (ATVC)<\/strong> arribaron a un principio de entendimiento,<\/strong> en el marco de la discusi\u00f3n paritaria del Convenio Colectivo de Trabajo 223\/75.<\/strong> <\/strong> <\/p>\n\n\n\n Tras una serie de encuentros, este lunes, el sector empresario realiz\u00f3 una nueva propuesta que, seg\u00fan entendieron nuestros paritarios, se encuadra en las pautas m\u00ednimas necesarias para ponerla a consideraci\u00f3n de las y los trabajadores.<\/strong> <\/p>\n\n\n\n El ofrecimiento es para el periodo enero-febrero 2025<\/strong> y establece un incremento salarial del 3,78% sobre todos los conceptos remunerativos y no remunerativos vigentes a diciembre 2024<\/strong>, que se aplicar\u00e1 mensualmente en forma acumulativa de acuerdo con las siguientes pautas: <\/p>\n\n\n\n En este contexto, y en virtud de la dispensa que efect\u00faa el SATSAID, las empresas realizaran de forma excepcional una retenci\u00f3n equivalente al 50% del art\u00edculo 123 del CCT 223\/75, que se compensar\u00e1 a las y los trabajadores con una gratificaci\u00f3n extraordinaria equivalente a dicha retenci\u00f3n par ambos tramos.<\/strong> <\/p>\n\n\n\n Por su parte, las empresas que integran exclusivamente la Red Intercable<\/strong>, las retenciones efectuadas por dicho art\u00edculo, equivalentes al 50% de los incrementos mensuales pactados, podr\u00e1n realizar sus dep\u00f3sitos conforme al siguiente cronograma: <\/p>\n\n\n\n Asimismo, las empresas abonar\u00e1n el retroactivo correspondiente a enero y el aumento de febrero dentro del plazo legal de pago de las remuneraciones del corriente mes. <\/strong> <\/p>\n\n\n\n En virtud de esto, y tras ser debatido en plenario de delegados y delegadas, el Consejo Directivo Nacional del SATSAID instruye realizar asambleas de personal en todas las empresas del sector TIC, Video & Conectividad<\/strong>, que incluyen los servicios de televisi\u00f3n por cable y telecomunicaciones beneficiarios del CCT 223\/75, con el fin de poner a consideraci\u00f3n la propuesta salarial, que deber\u00e1n realizarse hasta el mi\u00e9rcoles 19 de febrero de 2025 y comunicar los resultados antes de las 18. <\/strong> <\/p>\n\n\n\n Por \u00faltimo, las partes se comprometen a reunirse nuevamente el 14 de marzo de 2025 a las 16<\/strong>, con el objetivo de revisar el impacto econ\u00f3mico del presente acuerdo, y a su vez dar continuidad a las negociaciones paritarias del pr\u00f3ximo tramo. <\/p>\n\n\n\n <\/p>\n\n\n\n\n
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